
Por Fernando Pérez Tapia*
En los últimos años, el sistema escolar chileno ha ido acumulando señales de alerta que ya no pueden leerse como “casos aislados”. El aumento de denuncias formales —con la convivencia escolar como uno de los principales focos— expresa, por un lado, comunidades más dispuestas a exigir protección y, por otro, instituciones tensionadas para responder con oportunidad y eficacia. En 2025, la Superintendencia de Educación reportó 14.931 denuncias ciudadanas durante los primeros nueve meses del año, confirmando una presión sostenida sobre los mecanismos de resguardo y fiscalización.
En ese escenario, empieza a cobrar sentido una pregunta incómoda: ¿qué ocurre con los hechos que las comunidades conocen, temen o sospechan, pero que no alcanzan a transformarse en denuncia formal, ya sea por falta de evidencia ordenada, por desconfianza en el proceso, o por temor a represalias? Y, a la inversa, ¿cómo se evita que la urgencia por “reportar” termine degradando el debido proceso y la protección de las personas involucradas?
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Es precisamente en esa zona gris —entre el silencio y la denuncia institucional— donde se instala la iniciativa Contraloría Ciudadana GEC, impulsada por la Fundación para la Gobernanza y Gestión Educacional: un canal independiente que invita a reportar hechos de corrupción, mala gestión o violencia en establecimientos escolares, declarando un tratamiento seguro y confidencial de los antecedentes.
Conviene despejar, desde el inicio, un riesgo semántico: el nombre “Contraloría” podría inducir a confusión con el rol de la Contraloría General de la República. En rigor, la propuesta se presenta como un mecanismo de control social, no estatal, orientado a empoderar a las comunidades escolares y a visibilizar fallas sistémicas en el uso de recursos y en la activación de protocolos.
Su alcance declarado es transversal: municipalidades/DAEM, SLEP, particular subvencionado y particular pagado. Esto no es menor. Si los problemas se distribuyen en distintos regímenes de administración, entonces la conversación sobre integridad escolar no debiera quedar atrapada en la caricatura de “lo público versus lo privado”, sino enfocarse en capacidades reales de gobernanza, control interno y cumplimiento.
Ahora bien, ¿qué aporta un canal así, en un ecosistema donde ya existen vías formales? Una diferencia clave es su lógica de “hecho a evaluar”: el sitio explicita que la fundación recibe reportes bajo esa figura y que la veracidad es responsabilidad del denunciante, reservándose el derecho de emitir opinión pública técnica y derivar a organismos competentes cuando corresponda.
Dicho de otro modo: no promete reemplazar al Estado; se plantea como puente técnico y ciudadano. Y ahí aparece la interrogante decisiva: ¿puede un puente fortalecer la institucionalidad sin convertirse en un atajo que la eluda? ️
La iniciativa define una ruta de tres etapas: envío responsable, evaluación técnica por auditores forenses, y opinión/acción con derivación. Además, el canal solicita una descripción detallada, identificación del vínculo con la institución, y la posibilidad de adjuntar evidencia (boletas, correos, fotos, circulares) o enlaces externos. Esa arquitectura sugiere un objetivo plausible: ordenar el testimonio, elevarlo a antecedente, y reducir la distancia entre lo que “se comenta” y lo que “se acredita”.
Sin embargo, el propio diseño del formulario abre un dilema inevitable: el sitio permite optar por anonimato (“sí/no”). En el mundo real, el anonimato puede ser protección —especialmente para estudiantes, apoderados o funcionarios sin redes de respaldo—, pero también puede ser riesgo si se usa para imputaciones temerarias. ¿Cómo se equilibra aquello? Tal vez la respuesta no está en negar el anonimato, sino en subir el estándar de admisibilidad técnica: trazabilidad mínima, corroboración documental cuando sea posible, y criterios explícitos sobre cuándo corresponde emitir “opinión pública” y cuándo, simplemente, derivar sin exposición.
En esa línea, la fundación declara un marco de cumplimiento y resguardo de datos personales, afirmando adherencia a la Ley N.º 19.628 y describiendo finalidades de tratamiento, medidas de seguridad y derechos ARCO. Esa claridad no solo es un requisito legal; es una condición de legitimidad. En materias sensibles, la confianza no se declara: se audita.
La Fundación GEC se define con un propósito explícito: fortalecer ética, transparencia y gestión educacional, con una visión de que gobernanza y compliance sean estándar base. En su propuesta institucional, además, articula trabajo en gobernanza estratégica, compliance y ética, gestión de riesgos (incluida auditoría forense y control interno), y cultura/formación.
Lo relevante —y quizá lo más “noticioso” en términos institucionales— es el cambio de lente: la integridad escolar no aparece solo como un discurso moral, sino como infraestructura de gestión. Si una comunidad percibe que los recursos SEP/PIE “no llegan a la sala de clases”, o que protocolos de convivencia no se activan, el problema no es únicamente administrativo: se transforma en afectación concreta del derecho a una educación de calidad.
Y aquí conviene ser rigurosos: más denuncias no equivalen automáticamente a más irregularidad, pero sí suelen reflejar más conflictividad, más conciencia de derechos, o menor tolerancia social frente a prácticas que antes se naturalizaban. En cualquiera de esos escenarios, la pregunta es estratégica: ¿vamos a seguir reaccionando caso a caso, o construiremos capacidades preventivas y trazables?
La Contraloría Ciudadana GEC, en su formulación, propone un gesto cívico relevante: trasladar la conversación desde el rumor a la evidencia, desde la indignación a la trazabilidad, desde la queja aislada a la colaboración responsable.
Pero su aporte no dependerá del nombre ni del impacto comunicacional, sino de algo más exigente: gobernanza del propio canal. ¿Con qué umbrales se decide que un caso tiene “mérito suficiente”? ¿Qué salvaguardas protegen a denunciantes y denunciados? ¿Cómo se evita que la “opinión pública técnica” se convierta en sanción social anticipada? Son preguntas incómodas, sí, pero saludables. Porque si el objetivo es fortalecer la institucionalidad, el estándar debe ser superior al promedio, no equivalente.
Aun así, en un contexto donde la escuela vive tensiones múltiples —convivencia, gestión, confianza pública—, iniciativas de control social informado pueden funcionar como radar temprano, siempre que operen con prudencia, método y respeto por el debido proceso. Tal vez esa sea la mayor contribución: recordarnos que la integridad educativa no es un eslogan; es una tarea compartida, medible y, sobre todo, perfectible.
*Ph.D en Educación y Liderazgo, Contador Auditor experto em Auditoria Forense, MBA, Máster en Compliance Officer, Máster en IA Empresarial, Fundador y Presidente de la Fundación para Gobernanza y Gestión Educacional.